Se conoció la decisión tomada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación de Orán de hacer lugar a la acción de amparo colectivo que impulsó la abogada Estela Mabel Castillo, quien asumió la representación de vecinos de dicha localidad.

La sentencia se dictó el pasado 14 de octubre y en la misma se intima a la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen a la presentación en un plazo de tres días posteriores a la notificación de un detallado informe sobre la ejecución de fondos públicos, el estado de las obras municipales y las empresas contratistas.
Recordemos que el pedido de los vecinos sobre la información de las distintas obras públicas y el destino de las partidas asignadas comenzó el pasado mes de junio y ante la total falta de respuesta por parte de la Municipalidad procedieron a la presentación de un pronto despacho y a posterior acudieron directamente a la justicia.
Durante todo el proceso del caso la Municipalidad de Yrigoyen tampoco presentó su defensa dentro del plazo que la justicia le había indicado inicialmente.
Finalmente la decisión judicial ordena al municipio a brindar de forma precisa la siguiente información:
* Las partidas presupuestarias destinadas a obras públicas y su ejecución.
* El avance físico y financiero de los trabajos.
* El estado de la colectora Hernando de Lerma, Avenida Eliseo Ortiz, calle 20 de Febrero, Avenida Güemes y Complejo Deportivo.
* Las empresas contratistas, los contratos celebrados y el cumplimiento de sus obligaciones.
* Las actuaciones municipales relacionadas con el control y los reclamos por las obras.
En el fallo emitido por la justicia queda claramente establecido que si la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen incumple con la orden judicial podrá enfrentar multas coercitivas conocidas como astreintes. También el municipio deberá afrontar las costas del proceso judicial, al resultar vencida.
Para destacar también la sentencia establece que una vez presentados los informes la Municipalidad deberá costear su difusión durante tres días consecutivos en la radio de mayor audiencia de la localidad, dentro del programa de mayor sintonía.
También la información deberá quedar a total disposición para consulta de la comunidad.-















































