El Recurso fue interpuesto contra el fallo que otorgó arresto domiciliario a Roberto Ortega Serrano y Carlos Alfredo Martínez. Consideran que el juez no merituó adecuadamente los riesgos procesales, como la posibilidad de manipulación de pruebas y la influencia sobre testigos.
La Unidad Fiscal interviniente, presentó un Recurso de Apelación ante el Juez de Garantías 1 Raúl López en contra de la sentencia notificada el pasado 10 de octubre, en la cual se dispuso no hacer lugar al pedido de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público Fiscal. Cabe destacar que en su lugar, se otorgó el arresto domiciliario con consigna policial fija a favor de los imputados Roberto Ortega Serrano y Carlos Alfredo Martínez.
La Unidad Fiscal considera que la decisión del magistrado parte de un grave error en la interpretación del art. 386 del C.P.P.S ya que se limita a exponer como requisito indispensable para la procedencia a la afectación de la libertad, la probable aplicación en firme de una pena privativa de la libertad y no alcanzó a entender que la postura fiscal se dirige a los otros supuestos que autoriza la aplicación de la prisión preventiva. En el caso del imputado Ortega el riesgo concreto de entorpecer la investigación y por el lado del encartado Martínez se le suma también la posibilidad de la aplicación de una pena de cumplimiento efectivo en atención a sus antecedentes condenatorios.
La prisión preventiva fue solicitada debido al peligro de entorpecimiento, con fundamentos claros que detallan la conducta obstructiva de Ortega Serrano, quien en oportunidad de ser allanado en otra investigación evitó el secuestro de su celular arrojándolo a una propiedad vecina. En este caso transfirió información al allanado previo a que se ordene la ejecución de la medida, información que habría obtenido indebidamente valiéndose de su condición de abogado. En el supuesto de Martínez, desarrolló artilugios para influir en la declaración de testigos.La Unidad Fiscal señala en la presentación, que el arresto domiciliario no es una medida adecuada para mitigar el peligro de entorpecimiento, dado que los imputados, desde sus domicilios, pueden seguir influyendo en testigos u ocultando pruebas a través de medios tecnológicos a los que tienen fácil acceso. En el caso de Martinez, consideran inconveniente que el domicilio consignado para cumplir el arresto se encuentre ubicado al frente de la Municipalidad de Aguas Blancas. Además, destacan la gran conmoción social que en los Municipios del Norte se generó por las conductas de los imputados, lo que agrava la necesidad de medidas restrictivas para asegurar la correcta continuación de las investigaciones, de conformidad al art. 19 de la Constitución Provincial, teniendo en cuenta que dos de los encartados cumplían función pública.
El Ministerio Público Fiscal espera que el recurso de apelación sea tratado con la urgencia que el caso amerita, a fin de corregir los errores cometidos en la resolución impugnada y garantizar que las investigaciones sigan su curso sin nuevas interferencias.-