Por el beneficio de la duda el exintendente de Morillo fue exculpado por falta de pruebas en el caso, según consideró el Tribunal. Se investigó el saqueo sistemático de 120 kilómetros de vías férreas en el Chaco salteño.

El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta integrado por los jueces Domingo Batule, Diego Matteucci y la jueza Gabriela Catalano, absolvió por el beneficio de la duda al exjefe comunal de Coronel Juan Solá-Morillo, Miguel Atta Gerala, quien estaba acusado del robo y contrabando de rieles del Ferrocarril Belgrano, delitos por los que su hijo fue penado a seis años de cárcel.
En el mismo fallo, el tribunal condenó ayer a tres años de prisión al policía Mauro Rodríguez, al considerarlo responsable del delito de cohecho pasivo.
La acusación de la fiscalía, encabezada por Eduardo Villalba, apuntaba a que Atta Gerala compartía con su hijo la actividad de contrabando de hierro, que desmantelaron las vías del ramal C25, y que lo hicieron durante la época de cepo al dólar, lo que les significó un negocio millonario. Por esta misma causa, en un juicio abreviado que se celebró previamente, fueron condenados el hijo de Atta, José Miguel “Yopi” Gerala; el contrabandista David Medina y el gendarme Jorge Fernando Cabrera.
El tribunal deliberó por espacio de poco más de media hora, tras lo cual dio a conocer su fallo, previo una extensa exposición de fundamentos, la que duró más de tres horas. El Tribunal resolvió absolver a Gerala por entender que no había pruebas suficientes en su contra. Reconoció el trabajo de la fiscalía en materia de evidencias, pero consideró que las pruebas eran de carácter directas, por lo que la acusación no alcanzó a quebrar el estado de inocencia del exintendente.
DESTITUCIÓN Y ABSOLUCIÓN
El histórico jefe comunal, que había sido destituido en 2024, llegó al juicio acusado de formar parte de la maniobra ilegal junto a su hijo José Miguel “Yopi” Gerala, quien ya había sido condenado a seis años de prisión en un juicio abreviado.
Sin embargo, el Tribunal Oral Federal N°2 de Salta consideró que los indicios reunidos durante el proceso no alcanzaron para acreditar su responsabilidad penal. Por eso, resolvió absolverlo por el beneficio de la duda.
Antes de dar a conocer la sentencia, el juez Batule sostuvo que existe la “sospecha suficiente” para profundizar la investigación sobre Atta Gerala, aunque remarcó que hasta ahora no aparecieron pruebas directas que lo vinculen con los delitos investigados.
Durante el juicio, sí quedó acreditado que su hijo proveía herramientas para cortar los rieles, que utilizaba mano de obra de comunidades originarias de la zona y que pagaba coimas a integrantes de fuerzas de seguridad para asegurar el traslado de la carga hasta Aguas Blancas, desde donde era cruzada en balsas por el río Bermejo hacia Bolivia.
Batule también señaló: “Es posible que esta decisión sea revisada por otro tribunal”, al anticipar parte de los fundamentos del fallo. En ese sentido, explicó que Yopi podía haber usado el nombre de su padre para negociar coimas o imponerse ante terceros, solo para “chapear” sin que el exintendente tuviera conocimiento de lo que sucedía.
Otro de los puntos analizados fue el uso de una camioneta de Atta Gerala en parte de la maniobra. Pero los magistrados entendieron que no se pudo probar que supiera para qué era utilizada. Tampoco se acreditó que las herramientas usadas en el robo fueran las mismas que se guardaban en el taller municipal instalado dentro de su propiedad.
Respecto a Rodríguez, el tribunal sí estableció que existían indicios y evidencias directas de su participación delictiva en los hechos, en este caso por el delito imputado por la fiscalía, el de cohecho pasivo. Al respecto, señalaron la existencia de evidencias como comunicaciones con José Miguel Gerala, hijo del exintendente, en las que se referían a la liberación de la zona para el paso de camionero con rieles en la zona de Pluma de Pato. Cabe recordar que el policía era el Jefe del Destacamento de ese paraje.
La defensa, en tanto, solicitó el mínimo de la pena prevista, de un año de prisión condicional. Por su parte, el tribunal resolvió condenarlo a la pena requerida por la fiscalía de tres años, más la inhabilitación perpetua en la función pública y la prohibición de circular o residir en el departamento de Rivadavia Banda Norte, en especial en la zona de Pluma de Pato.
Por la fiscalía intervinieron el fiscal general, Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual.-













































